¿Qué es un préstamo al consumo?

Los préstamos al consumo tienen como fin financiar pequeñas cantidades de capital a corto plazo, con motivo de la adquisición de bienes duraderos como vehículos, muebles o equipos informáticos, así como en el caso de querer financiar viajes o gastos del estudio. Su regulación se establece en el marco de la Ley 7/1995 de 23 de marzo de créditos al consumo.

Préstamo al consumo

Este tipo de préstamos tiene como finalidad financiar la adquisición de bienes duraderos, tales como motocicletas, automóviles, muebles, electrodomésticos o equipos informáticos.

Esta clase de préstamos suelen sostener capitales de importe reducido y por periodos de devolución cortos, generalmente inferiores a un año, aunque suelen cubrir periodos máximos de hasta ocho años.

También se consideran préstamos al consumo los créditos concedidos a corto plazo de cantidades, con carácter general, situadas entre los 2.000 y 18.000 euros.

Su regulación viene establecida en el marco de la Ley de crédito al consumo, 7/1995 de 23 de marzo.

Se caracterizan por su reducido riesgo, debido al importe reducido del capital prestado.

Los costos de su otorgamiento suelen ir aparejados a la formalización del contrato y los gastos por operación de préstamo.

En el caso de las comisiones, podrán ser de apertura, estudio o por intervención de póliza.

Para su cálculo se tendrán en cuenta los valores del tipo de interés del préstamo, la comisión por cancelación anticipada o por cambio de condiciones, así como el tipo de interés por incumplimiento de la obligación respectiva.

Características

Según la Ley mencionada anteriormente reguladora de los créditos al consumo, estos podrán concederse a personas físicas que ejerzan una actividad profesional o empresarial, pudiendo ser su importe entre 150,52 euros y 18.030,36 euros.

La entidad prestamista será libre de incluir los causantes que estime oportunos, por ello, se recomienda al prestatario leer atentamente las causantes a fin de conocer exhaustivamente los términos del pacto contratado.

Normalmente, al formalizar un préstamo al consumo, la entidad financiera exigirá un aval para asegurar el cobro de la deuda en caso de impago.

A diferencia de los préstamos personales en los que el aval se sustituye por una garantía personal.

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