Las actividades de empresas podrán ser desarrolladas en régimen de autónomo o a través de la constitución de una sociedad mercantil.
¿Autónomo o Sociedad Mercantil?
Antes de empezar a desarrollar una actividad económica, se deberá elegir si se hará en régimen de autónomo o a través de la creación de una sociedad mercantil. En el primer caso, se actuará como persona física mientras que el segundo supuesto se deberá crear una sociedad mercantil, habitualmente en forma de responsabilidad limitada. Esta actuará con personalidad jurídica propia, al margen del empresario como persona física.
Existen otro tipos de sociedades como la sociedad anónima, mas la utilizada por la inmensa mayoría de las pequeñas y medianas empresas es la modalidad de responsabilidad limitada.
Ser autónomo
En relación a la responsabilidad en el régimen de autónomo, esta será ilimitada. Es decir, no existe diferencia entre el patrimonio empresarial y personal y el empresario autónomo deberá responder con todo su patrimonio ante las obligaciones concertadas.
Las obligaciones fiscales del autónomo se registrarán a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas, ya que es el empresario quien obtiene directamente los beneficios de su actividad económica. Siendo el tipo de gravamen del 48 por ciento.
El proceso de constitución como autónomo es más sencillo y rápido, y una de las obligaciones a realizar para ello es cotizar a la Seguridad Social por el régimen especial de trabajadores autónomos, asimismo habrá que pagar una cuota mensual que será una u otra según la base elegida.
Sociedad Limitada
La responsabilidad de este tipo de sociedades, al ser limitada, solo se responderá en virtud del capital aportado. De este modo, ante la quiebra de la sociedad solo se responderá con los bienes de la propia sociedad, y nunca con los bienes personales de los propietarios.
Asimismo, a la hora de constituir una nueva sociedad limitada se requerirá el desembolso inicial de 3.006 euros, igualmente, se necesitará aval personal de los socios. La sociedad tributará a través del impuesto sobre sociedades o beneficios, el cual tendrá un gravamen del 35 por ciento.
Siendo sociedad limitada, se estará obligado a depositar los libros contables en el Registro Mercantil respectivo. Antes, a la hora de realizar la creación de la misma, se seguirán los siguientes pasos:
- Solicitar a registro denominación social.
- Depositar capital social en entidad bancaria.
- Elaboración estatutos.
- Firmar escritura de constitución.
- Presentación de actos jurídicos ante Agencia Tributaria.
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