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Interés fijo: Ventajas y desventajas de su inclusión en la hipoteca

El tipo de interés fijo permanecerá igual a lo largo de toda la vida del préstamo hipotecario. Por tanto, no se verá afectado ante cambios en los tipos de referencia.

Tipo de interés fijo

El interés es el índice cuya utilización va encaminada a medir la rentabilidad de los ahorros, o en su caso, del coste de un determinado crédito. Se expresa, normalmente, en términos de porcentaje. Es decir, el resultado de dicho porcentaje aplicado sobre una base determinada será la cuantía que se obtendrá como beneficio, o en el supuesto, como gasto del crédito pactado.

En relación al tipo de interés fijo, permanecerá igual a lo largo de toda la vida del préstamo hipotecario. Es decir, no será objeto de variación ante las modificaciones, al alza o a la baja, de los tipos que se tomen como referencia. Con carácter general, su plazo de amortización suele ser menor que el de los tipos de interés variables, situándose así entre los 12 y 15 años.

De este modo, si se opta por el tipo de interés fijo, el prestatario se arriesgará a una bajada notable de los tipos de referencia, por ello, es habitual que ante la tentativa del prestatario de renegociar las condiciones de la hipoteca o cancelar anticipadamente esta, las entidades financieras fijen una comisión de cancelación mucho más cara en comparación con las hipotecas de interés variables.

Por ello, a la hora de estudiar las ofertas de hipotecas con interés fijo, deberá tenerse en cuenta el coste efectivo, es decir, el TAE (tasa anual equivalente) de la hipoteca, donde se incorporarán tantos los costes de intereses como de comisiones.

Ventajas y desventajas

Ventajas del tipo de interés fijo:
  • Otorga estabilidad, al conocer de antemano el coste del préstamo hipotecario.
  • En un escenario de subidas de los tipos de referencia es la opción idónea.
  • El plazo de amortización suele ser menor
Entre las desventajas, destacan:
  • Comisiones de cancelación muy elevadas.
  • Mala opción en escenario económico de bajadas de los tipos de referencia.
  • Comisiones de apertura más elevadas que las referentes a los tipos de interés variables.

¿Qué es un préstamo al consumo?

Los préstamos al consumo tienen como fin financiar pequeñas cantidades de capital a corto plazo, con motivo de la adquisición de bienes duraderos como vehículos, muebles o equipos informáticos, así como en el caso de querer financiar viajes o gastos del estudio. Su regulación se establece en el marco de la Ley 7/1995 de 23 de marzo de créditos al consumo.

Préstamo al consumo

Este tipo de préstamos tiene como finalidad financiar la adquisición de bienes duraderos, tales como motocicletas, automóviles, muebles, electrodomésticos o equipos informáticos.

Esta clase de préstamos suelen sostener capitales de importe reducido y por periodos de devolución cortos, generalmente inferiores a un año, aunque suelen cubrir periodos máximos de hasta ocho años.

También se consideran préstamos al consumo los créditos concedidos a corto plazo de cantidades, con carácter general, situadas entre los 2.000 y 18.000 euros.

Su regulación viene establecida en el marco de la Ley de crédito al consumo, 7/1995 de 23 de marzo.

Se caracterizan por su reducido riesgo, debido al importe reducido del capital prestado.

Los costos de su otorgamiento suelen ir aparejados a la formalización del contrato y los gastos por operación de préstamo.

En el caso de las comisiones, podrán ser de apertura, estudio o por intervención de póliza.

Para su cálculo se tendrán en cuenta los valores del tipo de interés del préstamo, la comisión por cancelación anticipada o por cambio de condiciones, así como el tipo de interés por incumplimiento de la obligación respectiva.

Características

Según la Ley mencionada anteriormente reguladora de los créditos al consumo, estos podrán concederse a personas físicas que ejerzan una actividad profesional o empresarial, pudiendo ser su importe entre 150,52 euros y 18.030,36 euros.

La entidad prestamista será libre de incluir los causantes que estime oportunos, por ello, se recomienda al prestatario leer atentamente las causantes a fin de conocer exhaustivamente los términos del pacto contratado.

Normalmente, al formalizar un préstamo al consumo, la entidad financiera exigirá un aval para asegurar el cobro de la deuda en caso de impago.

A diferencia de los préstamos personales en los que el aval se sustituye por una garantía personal.